Ciudad de México, a 4 de julio 2025.- Las creaciones creadas exclusivamente con Inteligencia Artificial (IA) no pueden ser registradas como propiedad intelectual y en México son de dominio público, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La Segunda Sala del Máximo Tribunal del país, encabezada por la ministra Lenia Batres Guadarrama, concluyó que las obras producidas sin intervención directa del ser humano no cumplen con los requisitos para ser protegidas por derechos de autor, de acuerdo con la legislación mexicana.
La resolución llegó tras analizar el caso de Gerald García Báez, fundador de la empresa Business Advocacy, quien solicitó al Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) el registro de una construcción virtual generada con IA, titulado Avatar Virtual, la cual fue rechazada por tratarse de una creación sin autoría humana.
El solicitante, argumentó que, aunque la imagen fue producida por una inteligencia artificial, él proporcionó insumos clave como fotografías personales e instrucciones específicas, lo que implicaba su participación activa en el proceso creativo.
De igual forma, solicitó que se reconocieran derechos morales a favor del software utilizado, al considerar que fue el sistema quien tomó decisiones creativas.
El caso de García Báez fue desestimado previamente por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y, tras promover un amparo directo, llegó a la SCJN.
No obstante, los ministros reafirmaron que el derecho de autor se aplica exclusivamente a personas físicas, y que una máquina no puede ser titular de derechos morales o patrimoniales.
La justicia de la Unión no ampara ni protege a Gerald García Báez respecto a la resolución dictada por la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa,” señala la sentencia del Amparo Directo 6/2025.